AGUINALDO
De acuerdo con la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 1970 en México, las y los trabajadores que mantengan una relación laboral subordinada con un empleador tienen el derecho de recibir, a más tardar el 20 de diciembre de cada año, el pago correspondiente a su aguinaldo.
Por lo tanto, es responsabilidad del empleador cumplir con el pago del aguinaldo a los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año, según lo establece el Artículo 87 de dicha Ley. Este artículo especifica: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo. Aquellos que no hayan completado un año de servicio, independientemente de estar o no laborando en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a recibir la parte proporcional del mismo, de acuerdo con el tiempo trabajado, cualquiera que este sea”.