Tipo de jornada | Tiempo comprendido | Duración máxima |
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Diurna | Entre las 6:00 am y las 8:00 pm | 8 horas |
Nocturna | Entre las 8:00 pm y las 6:00 am | 7 horas |
Mixta | Periodos que combinan entre la diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de 3 horas y media. En caso de ser 3 horas y media o más, se clasificará como jornada nocturna | 7 horas y media. |
Conocer el tipo de jornada nos permite conocer la cantidad máxima de trabajo por día. Según el artículo 68 de la ley mexicana la duración máxima de una jornada diurna es de ocho horas, la nocturna es de siete horas, mientras que una jornada mixta tiene siete horas y media.
Las horas excedentes a la cantidad de horas mencionadas para cada tipo de jornada se consideran horas extras.
Es importante mencionar que según la LFT, el empleado no está obligado a realizar horas extras para tener todos los beneficios de cumplir con su trabajo.
Tipos de Horas Extras en México
Existen diferencias entre tipos de horas extras que se pueden calcular según la legislación de LFT. Las horas extras podemos dividirlas según el límite de horas que utilicen.
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Horas Extras Dobles: La hora extraordinaria se debe pagar el doble cuando se exceda la jornada pactada.
Por ejemplo, si el trabajador cobra 30 pesos por hora, el costo por cada hora extra que realice será de 60 pesos.
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Horas extras triples: Esta hora extraordinaria se pagará al triple cuando se exceda el límite de 3 horas extraordinarias por jornada laboral y se utilice este recurso más de 3 veces por semana.
Por ejemplo, si el trabajador realiza cuatro horas de trabajo extra, esa cuarta hora debe pagarse con recargo del 200%. Es decir, el costo por hora extra de nuestro caso anterior es de 90 pesos la hora.